Enviado por Edgardo Manosalva
Las Comunidades Cayún, Motoco-Cárdenas, Pulgar Huentuquidel y Leopoldo Quilodrán logramos la suspensión de la ley XVII N° 92, de ordenamiento territorial de los bosques nativos de la Provincia del Chubut.
Recordemos que a principios del mes de agosto de 2010, con el patrocinio del Grupo de Apoyo Jurídico por el Acceso a la Tierra (G.A.J.A.T.), dichas Comunidades Mapuche demandamos a la Provincia del Chubut, solicitando amparo a la Justicia provincial ante la sanción de la mencionada ley, por haber sido aprobada sin desarrollar los procedimientos de consulta y participación previstos por la normativa constitucional y supralegal actualmente vigente en Argentina relativa a los Pueblos Originarios.
El pasado 8 de setiembre, la Dra. Claudia MELIDONI, titular del Juzgado de Familia N° 2 del Noroeste del Chubut, con sede en la ciudad de Esquel, ordenó la suspensión por el término de 90 días. En su resolución, la Magistrada, basándose en la documentación presentada por nuestras Comunidades, los hechos que relatamos en la demanda y el derecho que invocamos, tuvo por acreditada la verosimilitud de nuestros derechos constitucionalmente reconocidos cuya protección solicitamos declarando, en consecuencia, procedente la medida cautelar consistente en la referida suspensión de la aplicación de la ley provincial cuestionada.
Las Comunidades Cayún, Motoco-Cárdenas, Pulgar Huentuquidel y Leopoldo Quilodrán logramos la suspensión de la ley XVII N° 92, de ordenamiento territorial de los bosques nativos de la Provincia del Chubut.
Recordemos que a principios del mes de agosto de 2010, con el patrocinio del Grupo de Apoyo Jurídico por el Acceso a la Tierra (G.A.J.A.T.), dichas Comunidades Mapuche demandamos a la Provincia del Chubut, solicitando amparo a la Justicia provincial ante la sanción de la mencionada ley, por haber sido aprobada sin desarrollar los procedimientos de consulta y participación previstos por la normativa constitucional y supralegal actualmente vigente en Argentina relativa a los Pueblos Originarios.
El pasado 8 de setiembre, la Dra. Claudia MELIDONI, titular del Juzgado de Familia N° 2 del Noroeste del Chubut, con sede en la ciudad de Esquel, ordenó la suspensión por el término de 90 días. En su resolución, la Magistrada, basándose en la documentación presentada por nuestras Comunidades, los hechos que relatamos en la demanda y el derecho que invocamos, tuvo por acreditada la verosimilitud de nuestros derechos constitucionalmente reconocidos cuya protección solicitamos declarando, en consecuencia, procedente la medida cautelar consistente en la referida suspensión de la aplicación de la ley provincial cuestionada.