MALDITOS
Una BANDA que causa FURIA: Los BARRICKTURROS
En defensa de intereses mineros, la justicia federal de San Juan suspendió la aplicación de una ley ambiental
Lunes 15 de noviembre de 2010
LA reciente medida cautelar otorgada por el juez federal de San Juan para suspender la aplicación de una serie de artículos de la ley de protección de los glaciares y el ambiente periglacial frente al pedido de gremios y cámaras mineras constituye una decisión a todas luces contraria a la Constitución nacional y a la protección ambiental.
San Juan es una provincia que ha privilegiado la actividad minera y en su territorio hay importantes emprendimientos, como el de la multinacional Barrick Gold, dedicada a la extracción de oro.
La distribución de competencias ambientales establecida por la Constitución determina que la Nación debe establecer los presupuestos mínimos de protección ambiental sobre los cuales las provincias pueden ser más estrictas, pero nunca más permisivas.
En este sentido, no puede aducirse que se estén avasallando las competencias provinciales, cuando claramente el Congreso nacional legisló, en uso de sus facultades constitucionales, al sancionar la ley de protección de los glaciares y el ambiente periglacial hace pocas semanas.
Los presupuestos mínimos de protección ambiental se incorporaron en la Constitución nacional en 1994 por el disímil desarrollo normativo en materia ambiental en el territorio y por que los niveles de protección deben establecerse en un piso común, evitando situaciones de inequidad para los habitantes de aquellas jurisdicciones que cuentan con una protección ambiental legal e institucional más débil que la mínima necesaria.
Etiquetas: CORRUPCION, GLACIARES
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