MALDITOS
Una BANDA que causa FURIA: Los BARRICKTURROS
V. 175. XLIII.
ORIGINARIO
Vargas, Ricardo Marcelo el San Juan, Provincia
de y otros si daño ambiental.
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Buenos Aires, 2 ; ,
Autos y Vistos; Considerando:
10) Que a fs. 6/71 el señor Ricardo Marcelo Vargas,
quien invoca la condición de Mafectado" y de vecino de la Provincia
de San Juan, promueve demanda por daño ambiental colectivo
en los términos del articulo 30 de la ley 25.675, contra Barrick
Exploraciones Argentinas S.A. (BEASA), Exploraciones Mineras
Argentinas (EMA) S.A., en su carácter de concesionarias de
la explotación del proyecto minero binacional denominado MPascua-
Lama", y contra dicho Estado provincial, en su calidad de
autoridad concedente, a fin de obtener: a) que se obligue a las
demandadas a la contratación de un seguro de cobertura con entidad
suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición
del daño que pudieren producir a raiz de la actividad minera
de prospección, exploración, explotación, cierre y postcierre
del yacimiento (articulo 22 de la Ley General del Ambiente),
b) que se requiera a ese fin a la Secretaria de Ambiente y
Desarrollo Sustentable de la Nación una evaluación de la zona de
influencia del referido proyecto para acreditar el estado del
ambiente, certificar el alcance de los daños y los riesgos introducidos
en relación a las normas de presupuestos minimos de
aplicación al caso, y c) que se las condene a la recomposición
del ambiente dañado y que se dañe en el futuro, ordenando su
restablecimiento al estado anterior al inicio de sus actividades
o, en su defecto, al pago de la indemnización sustitutiva que se
determine.