MALDITOS
Una BANDA que causa FURIA: Los BARRICKTURROS
ARTÍCULO 26: La Municipalidad legislará para prevenir, controlar o prohibir todo factor, acción o actividad de degrade el sistema ecológico
Publicado por Norberto Costa en 0:42"Carta Orgánica Municipal de Andalgalá"
ARTÍCULO 26: La Municipalidad legislará para prevenir, controlar o prohibir todo factor, acción o actividad de degrade el sistema ecológico y sus elementos: suelo, agua, aire, flora y fauna, con especial énfasis en los aspectos relacionados a la emisión de sustancias contaminantes, ruidos molestos y otras emanaciones, para lo que deberá prever mecanismos de control y coordinación con las instituciones o empresas prestadoras de servicios en lo referente al control y tratamiento de las emanaciones que se realicen
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