MALDITOS
Una BANDA que causa FURIA: Los BARRICKTURROS
Jueves 23 de agosto de 2012
Escrito por Dra Graciela Gomez
Así lo informa el sitio de mayor información legal y judicial en portugués “Última instancia” .
El Grupo 4 del Tribunal Regional Federal de la 4 ª Región(TRF-4) condenó a Monsanto Brasil a pagar una indemnización de $ 500 mil por "Daños morales causados a los consumidores" mediante la circulación en 2004 de propaganda que relaciona el uso de semillas de soja transgénica y el herbicida glifosato utilizado en las plantaciones como “beneficioso y conservador del medio ambiente”.
Esto ocurría en Brasil el mismo día que Argentina presentaba formalmente la soja Intacta RR2 con bombos y platillos, prometiendo un 11% de rendimiento superior a la soja anterior
Aún no se apeló la decisión. El N° de causa es : 5002685-22.2010.404.7104.
También se le ordenó emitir una contrapropaganda aclarando las consecuencias negativas para el uso de cualquier pesticida causa a la salud de los seres humanos y los animales.
De acuerdo con el Fiscal Federal, quien presentó una demanda civil Pública contra Monsanto, el anuncio era engañoso y el objetivo de publicidad fue preparando al mercado para la compra de semillas GM y el herbicida utilizado, en este momento. La aprobación de la Ley de Bioseguridad, fue Promulgada recién en 2005.
La campaña salió al aire en la televisión, en la radio y en la prensa. Era un diálogo entre padre e hijo, en el que el primero, explicando lo que quería decir la palabra "orgullo", que relacionan con “sentimiento” resultado de su trabajo con las semillas transgénicas:
- Papá, ¿qué es el orgullo?
- El orgullo es lo que siento cuando veo a este cultivo.Cuándo veo la importancia de esta soja transgénica para la agricultura y la economía de Brasil. El orgullo es saber que estamos protegiendo el Medio Ambiente, usando menos herbicida. Orgullo es capaz de ayudar al país a producir más alimentos y de calidad. ¿Ve lo que es el orgullo , hijo?
- Lo entiendo, es lo que siento por ti, papá.
Por eso que dice el refrán "la justicia vió lo que hacía la gente y se vendó los ojos..."
El Tribunal Federal de Passo resolvió que la demanda era "infundada" y su veredicto fue absolviendo a Monsanto. La decisión provocó el recurso de apelación ante la Corte. Según los fiscales, la compañía realizó una campaña oportunista de anuncios como vehículo en una cuestión controvertida, como la siembra GM y la cantidad de herbicida que se utiliza en este tipo de agricultura.
"No hay certeza científica acerca de la soja Monsanto utiliza menos herbicida" dice el voto en el tribunal del juez federal Jorge Maurique Antonio, que revocó la sentencia. "En el caso de la empresa de biotecnología demandada parece obvio que no tenía la intención de gastar un centavo para dar a conocer lo que produce la siembra directa y el herbicida para el medio ambiente, sino los beneficios que la soja transgénica produce en los Mercados ", dijo Maurique.
Asimismo, recordó que los agricultores de todo el mundo informan que el herbicida glifosato ya tiene resistencia de las malezas. De acuerdo a Maurique, "la propaganda debe por lo menos advertir que se promociona los beneficios, que no son unánimes en la comunidad científica y en concreto advierten sobre los peligros de usar los pesticidas de cualquier tipo”.
El juez también dejó claro en su voto, que cuando sale al aire la propaganda, la soja GM no estaba legalizada en el país y fue desde el contrabando, siendo un crimen para la actividad comercial que debe ser castigado. "El acusado hizo publicidad indebida y engañosa porque el producto alabado estaba prohibido en Brasil y no aclaró que sus supuestos beneficios son muy cuestionada en el entorno científico, incluidos los estudios serios que no son considerados por Monsanto ", concluyó.
El importe de la indemnización será enviado al Fondo Columna de Recuperación de Activos, creada por la Ley 10.913/97 del Estado. La Contrapropaganda debe ser transmitida con la misma frecuencia y de preferencia el mismo medio, el lugar, el espacio y el tiempo.
Según Controversias Comerciales, dentro de los 30 días después de la publicación de la decisión del tribunal, la empresa deberá pagar una multa diaria de R $ 10 mil en el caso de Incumplimiento.
Foto: Martín Caparros
Publicado y enviado por ECOS DE ROMANG estamos en facebook on twitter
"Quien sabe que se comete un crimen y no lo denuncia es un CÓMPLICE"(José Martí).