MALDITOS
Una BANDA que causa FURIA: Los BARRICKTURROS
Gabriela Vargas Vargas
Hay historias que se repiten, y no necesariamente por buenas o destacables. Peor aún, cuando los puntos en común son la exclusión, la marginalidad, la opresión, la misoginia y otras formas de violencia, me parece que las historias se repiten a propósito o mejor dicho, con un propósito.
Al parecer, esto es lo que ocurre con las personas indígenas costarricenses, las y los únicos habitantes originarios de nuestro país. Basta echar un vistazo hacia atrás, para dar cuenta de la historia de pobreza, explotación y genocidio que han soportado durante siglos los pueblos indígenas.
Aún hoy día, la violencia parece ser la misma con diferente estrategia. En una República libre, soberana e independiente las ciudadanas y los ciudadanos aborígenes son los menos libres, los menos soberanos y los menos independientes. Esto, a pesar de la existencia de una serie de normativas jurídicas, incluido el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), ratificado en 1992 y del que mucho se habla pero poco se cumple.
Uno de los ejemplos más claros, tiene que ver con la tenencia de la Tierra. En Costa Rica existen 8 pueblos indígenas repartidos en 22 territorios llamados “reservas”, las cuales son inalienables, imprescriptibles, no transferibles y exclusivas para las comunidades indígenas que las habitan[i].
De este modo, la Tierra, los recursos forestales y el agua son propiedad exclusiva de las comunidades indígenas, así como los recursos minerales del subsuelo, propiedad que comparte con el Estado según la Ley Indígena de 1977. No obstante lo anterior, son muchos los casos en donde se violenta este principio jurídico.
Un claro ejemplo es la compra, venta y reventa de terrenos ubicados dentro de los límites de las reservas a personas no indígenas que los utilizan para diversos fines.
Al respecto, un documento realizado en el 2008 por el Programa Indígena – Área Jurídica de la Iglesia Luterana Costarricense[ii], señala que “la misma ley establece que no es jurídicamente válido –y por eso establece la nulidad- la transacción de tierras entre indígenas y no indígenas.” Y agrega “los costos, la duración y lo complicado de los procesos judiciales han imposibilitado que estas acciones se anulen, conforme lo dispone la Ley indígena.” (2008: 1).
Es decir, nuestros pueblos originarios continúan perdiendo sus tierras, pese a la existencia de una Ley Indígena, que a todas luces, es anticuada y no se adecúa a la realidad de nuestros días.
Otro caso lo constituye el permiso de exploración minero otorgado en el 2007 por un ex – presidente de la Asociación de Desarrollo Integral de la Reserva Indígena Bribri en Talamanca (Aditibri) y bajo el visto bueno de un abogado de la CONAI.[iii]
Con este permiso, que no fue consultado al resto de la Junta Directiva ni a la comunidad, se pretendía buscar oro, plata, cobre, zinc, níquel y molibdeno en un área de seis kilómetros cuadrados dentro de la reserva.[iv]
Un ejemplo más se encuentra en el Proyecto Hidroeléctrico Diquís, que si bien es cierto y en lo personal me parece imprescindible para la autonomía energética del país, requiere utilizar para el embalse, la zona de protección y obras, un poco más de 7363 hectáreas de las cuales 915 pertenecen al pueblo Térraba, lo que representa cerca de un 10% del total de su territorio.[v]
Esto representa una pérdida sustancial de su Tierra pero además de su cultura y su memoria histórica, y ni qué decir del recurso forestal, la flora y la fauna; además de la reubicación de las familias afectadas. Seguramente, no alcanzamos a comprender el valor que tiene la Tierra para nuestros pueblos originarios, ni la estrecha relación que han mantenido a lo largo de la historia.
Y es que el famoso proyecto Diquís no ha sido consultado a la población indígena pese a la existencia de instrumentos jurídicos de protección de sus derechos que establecen la obligatoriedad del Estado para realizar las consultas correspondientes.
Parece que poco ha cambiado desde los tiempos de la Yunai. Son “Otros” los que deciden sobre el rumbo de sus vidas y sus tierras sin que, en el fondo, sus condiciones de vida cambien sustancialmente; es decir, más allá de un bono de vivienda, de una nueva escuela o de una plaza médica más. Las y los ciudadanos indígenas siguen siendo los más pobres y excluidos del país.
En Talamanca por ejemplo, los niños y las niñas recorren grandes distancias para llegar a los centros educativos, algunos centros de salud dan atención solo un par de veces por semana y no existen fuentes de trabajo.
La mayoría de las personas viven de la producción de banano y plátano vendiendo sus productos al precio que determinan los intermediarios y sin ningún control por parte de las autoridades. Una gran cantidad de tradiciones se han perdido, son evidentes los procesos de transculturación y los índices de violencia de género son altos.
Con este panorama no existen aún políticas claras y mientras tanto, la historia se repite una y otra vez.
[i] Ley Indígena Nº6172, artículo 3.
[ii] Chacón, R., Vargas, L. y Rojas, S. (2008) Acceso a la Justicia de Pueblos Indígenas en Costa Rica: De cómo los pueblos indígenas reclaman las tierras y cómo el sistema judicial “apoya” su tutela. Iglesia Luterana Costarricense, Programa Indígena – Área Jurídica. Costa Rica. Disponible en:www.ilcocr.org/media_files/ download/Doc.completo.doc
[iii] Kioscos Ambientales. (2009). Grupo de polémico helipuerto pretende oro de zona indígena. Disponible en: http://kioscosambientales.ucr. ac.cr/index.php?option=com_ content&view=article&id=179: grupo-de-polemico-helipuerto- pretende-oro-de-zona-indigena& catid=40:noticias-ambientales& Itemid=60
[iv] Ídem.
[v] Información disponible en: http://www.grupoice.com/wps/ portal/ph_diquis
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