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Una BANDA que causa FURIA: Los BARRICKTURROS

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INEDITA SENTENCIA CONTRA UNA PETROLERA NEUQUINA

La empresa condenada a pedir autorización

El fallo establece que, para trabajar en ese lugar, la empresa debe contar con permiso de la comunidad mapuche. Un antecedente para las comunidades en conflicto de todo el país.

Por Darío Aranda
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En las comunidades indígenas y entre los abogados especializados en derecho indígena se escucha desde hace tiempo una afirmación, mezcla de hipótesis y deseo, pero también con sustento jurídico: de respetarse los derechos indígenas, las empresas y gobiernos no podrían avanzar unilateralmente sobre los territorios indígenas. La Justicia de Neuquén acaba de dar un paso en ese sentido. Falló contra una empresa petrolera que pretendía impedir los reclamos de la comunidad mapuche Wentru Trawel Leufu (Hombres de Río Reunidos), afectada por la invasión de su territorio ancestral. La sentencia, la primera de su tipo en Neuquén y que será precedente para otras causas del país, afirma que se transgredió la ley al no haber informado y obtenido el visto bueno de la comunidad para explotar los recursos naturales, remarca la obligatoriedad de respetar la frondosa legislación (nacional e internacional) que protege los derechos indígenas y apunta también al rol de otros poderes: “Todo gobierno que desatienda (la leyes citadas) debe ser considerado como discriminador de los pueblos indígenas”.

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MARCHA DE LOS PUEBLOS 9/12/11

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