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Una BANDA que causa FURIA: Los BARRICKTURROS

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JUICIO DE LAS CHUZADAS: (Watergate Colombiano)


LAS VÍCTIMAS SIN VOZ EN EL JUICIO DE LAS 
CHUZADAS.

La Corte Suprema de Justicia, determinó que las víctimas NO son testigos, y por lo tanto no serán escuchadas. Es un retroceso en la jurisprudencia colombiana, al haber logrado el reconocimiento a través de la Corte Constitucional, donde se le había condecido potestad a las víctimas. Las víctimas podrán hablar en este juicio a través de la Fiscalía quien es el ente ente acusador.  

Sede del DAS en Bogotá.
 

LAS VÍCTIMAS SIN VOZ:
La Corte Suprema de Justicia negó el requerimiento elevado por las víctimas de las llamadas chuzadas para que pudieran objetar directamente las pruebas de la defensa en el juicio a la exdirectora del DAS y el exsecretario de Presidencia.

El magistrado ponente Fernando Castro explicó que los afectados podrán presentar las solicitudes que consideren pertinentes ante la Fiscalía, para que sea el ente acusador el que las dirija ante el juzgador, si lo estima conveniente.
El magistrado ponente, Fernando Castro, negó el testimonio de los magistrados Alfredo Gomez Quintero, Sigifredo Espinosa, Augusto Ibañez, Cesar Julio Valencia Copete, Maria del Rosario Gonzalez y Yesid Ramirez Bastidas; asi como de los excongresistas Piedad Cordoba, Gustavo Petro y Yidis Medina, y del periodista Daniel Coronell y el abogado y columnista Ramiro Bejarano. 
Si bien el daño consecuencia de la conducta punible es algo que igualmente debe acreditarse dentro del proceso, solo habra lugar a ello una vez culminado el juicio si llegare a concluirse la existencia del delito y la responsabilidad de los acusados, siempre y cuando se verifique la voluntad de la victima de agotar el incidente de reparacion integral y cuantificar la indenmizacion, explico Castro.
Para el alto jurista, abrir el espacio a las víctimas para que soliciten la ampliación, supresión u objeciones sobre el material probatorio rompe el principio de equidad, pues la defensa terminaría enfrentándose a dos acusadores.
 
LOS VÍCTIMARIOS:
María del Pilar Hurtado y Bernardo Moreno |
La ex-directora del DAS María del Pilar Hurtado.(hoy prófuga de la justicia), y el ex-secretario de Presidencia, Bernardo Moreno. 
   
Luego de que se conociera que quienes fueron objeto de interceptaciones y seguimientos ilegales por parte de agentes del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, no serán escuchados en los juicios que se les adelanta a Bernardo Moreno y María del Pilar Hurtado, las personas acreditadas como víctimas insistieron, a través de la Fiscalía, por la posibilidad de hablar en el juicio.
La Corte Suprema juzga a estos altos exfuncionarios como presuntos responsables de los cargos de concierto para delinquir agravado, interceptación ilícita de comunicaciones y abuso de función pública, como supuestos cómplices de las denominadas ´chuzadas´.
A la destituida directora del DAS, quien se encuentra en Panamá, gozando de un asilo territorial, otorgado por el Gobierno de Ricardo Martinelly, se le endilgan además los delitos de peculado por apropiación de terceros y falsedad ideológica en documento público.
 
LAS VÍCTIMAS:
 
LA FISCALÍA PETICIONÓ A LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, QUE SE ESCUCHEN LOS TESTIMONIOS DE LAS VÍCTIMAS:
“Las víctimas están pidiendo que se escuchen los testimonios de Gustavo Petro, de la doctora Piedad Córdoba, de Daniel Coronel y Yidis Medina (…) Las víctimas en este proceso pueden rendir aspectos que son tema de prueba de manera directa o indirecta, o hacer manifestaciones de actuaciones relacionadas con sus seguimientos”, puntualizó el fiscal octavo delegado ante la Corte Suprema de Justicia, Luis Evelio Morales.

En su intervención a nombre de las víctimas el funcionario del ente acusador señaló que “escuchar a quienes fueron objeto de actividades ilegales, hace parte de conseguir la verdad y la reparación”.
Mientras tanto, Hugo Quintero, representante de varios de los magistrados sometidos a ,los seguimientos e interceptaciones ilegales, presentó un recurso de reposición, en aras a que los conjueces y los dos magistrados titulares que lideran la audiencia reconsideren esta decisión y les permita actuar frente a la solicitud de la pruebas.

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MARCHA DE LOS PUEBLOS 9/12/11

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