MALDITOS

MALDITOS

Si sos kirchnerista pero estás de acuerdo en la protesta contra la megaminería contaminante, podés ayudar a tu gobierno pegándote vos mismo.



Una BANDA que causa FURIA: Los BARRICKTURROS

Una BANDA que causa FURIA: Los BARRICKTURROS

MELLAO MORALES - COMUNICADO DE PRENSA


COMUNICADO DE PRENSA
 

Ante el comunicado de prensa del Dr. Martín Irigoyen, titular de la Corporación Minera del Neuquén Sociedad del Estado Provincial cabe aclara a la opinión púbica:
 
Que la decisión de la jueza Mendoz no se encuentra firme, y al no ser compartida por esta parte será objeto de recurso de apelación.

No se comparte la decisión de la magistrada ya que ésta consideró que la omisión del juzgado de proveer la contestación de la demanda de Cormine no constituyó la inadmisibilidad prevista por el art. 313 del Código Procesal que establece claramente que no procede la caducidad cuando el expediente se encuentra pendiente de resolución. Asimismo, atento la complejidad de la causa (apelaciones y recusaciones) la magistrada omitió advertir que el expediente no se encontraba en la Secretaría del juzgado desde mayo del 2011, regresando de la Cámara recién en abril de 2012, por lo que mal puede impulsarse un proceso que no se encontraba en la secretaría del juzgado, tal como lo entiende toda la jurisprudencia nacional y provincial.

De allí que la demora en la tramitación de la causa no resulta imputable a la Comunidad Mapuche Mellao Morales, y no es el tiempo el medio utilizado por la Comunidad para impedir el desarrollo de un proyecto que afecta a la existencia misma de la Comunidad como maliciosamente lo manifiesta el Dr. Irigoyen, sino las acciones ante la justicia reclamando el reconocimiento de sus derechos tal como siempre ha caracterizado a la Comunidad Mapuche Mellao Morales.

Entendemos que la mediatización de una resolución que no se encuentra firme y que en modo alguno aniquila los derechos de la Comunidad Mapuche Mellao Morales (quien eventualmente aún podría insistir en otro juicio posterior sobre la misma cuestión), se dirige a influir en el ánimo de los jueces del Tribunal Superior de Justicia que justamente en estos días deben decidir sobre la cautelar que mantiene la suspensión del proyecto que, prescindiendo de los derechos de los pueblos indígenas argentinos y la clara voluntad de la población de Loncopué manifestada en el reciente referéndum popular, pretende imponer una actividad que al volar con explosiones la corteza del suelo constituiría la desaparición de la Comunidad Mapuche Mellao Morales y con ella parte importante del patrimonio de la cultura de todos los neuquinos y que la Constitución Nacional , la Constitución Neuquina y los tratados internacionales imponen resguardar.

Si bien a esta parte le convendría re-comenzar el proceso para evitar su conocimiento por parte de la actual titular del Juzgado N° 4 a quién oportunamente recusáramos pero nos fuera rechazado, esta parte persisitirá en la defensa de sus intereses tal como lo ha hecho siempre: dentro de los carriles de la justicia y conduciéndose con lealtad y buena fe procesal.


Cristian Hendrickse
abogado apoderado de la Comunidad Mapuche Mellao Morales

0 Comments:

Post a Comment



MARCHA DE LOS PUEBLOS 9/12/11

BOLETIN DE NOTICIAS de MOVIDA AMBIENTAL - Designer: Douglas Bowman | Dimodifikasi oleh Abdul Munir Original Posting Rounders 3 Column