MALDITOS
Una BANDA que causa FURIA: Los BARRICKTURROS
PERU: REGLAMENTO DE LA CONSULTA PREVIA NO TIENE EFECTO VINCULANTE O SEA NO HAY DEECHO A OPOSICON A LAS MINERAS:
Publicado por Norberto Costa en 22:02
El inciso 1.5 del Artículo 1° del reglamento de la Ley de Consulta Previa (Ley del derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios reconocido en el Convenio 169 de la OIT) recientemente aprobado en el Perú dice textualmente:
Artículo 1°.- Del objeto
1.5 El resultado del proceso de consulta no es vinculante, salvo en aquellos aspectos en que hubiere acuerdo entre las partes”
Atte,
Ing. Luis Enriquez
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