MALDITOS

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Una BANDA que causa FURIA: Los BARRICKTURROS

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Para determinar el nivel de contaminación, las muestras del DP2 se cotejarán con normas nacionales

Publicado el: 07/05/2011 | Las muestras de agua del canal donde Minera Alumbrera arroja sus efluentes serán analizadas teniéndose en cuenta los parámetros fijados por la ley Nº 24.051, de Residuos Peligrosos. Así lo confirmó a primerafuente el juez federal subrogante Nº 2, Mario Racedo, quien entiende la causa contra la minera por aparente contaminación a la cuenca Salí-Dulce.

La planta de filtrado donde desemboca el mineraloducto proveniente de la explotación minera.
“Se tendrá en cuenta a las normas nacionales. Las disposiciones provinciales pueden servir como pauta interpretativa, pero el contexto normativo, el marco legal, son las leyes nacionales”, explicó Racedo.
La confirmación del magistrado no es menor si se tiene en cuenta que, desde la querella, aseguran que Minera Alumbrera se aferra a normativas provinciales como la resolución Nº 1265 del Siprosa para asegurar que no se contamina a la cuenca a través del DP2. En este canal la minera arroja los desechos provenientes de la planta de filtrado ubicada en la localidad de Cruz del Norte, en el departamento tucumanos de Cruz Alta.
En cuanto a la impugnación que la querella – a cargo de Anita Loto, Iván Berkman (ONG Conciencia Solidaria) y Gabriela Filtrín (Pro-Eco Grupo Ecologista)- realizará en contra de ingenieros de la facultad de Ciencias Exactas de la UNT designados para extraer las muestras del canal, Racedo afirmó que se estudiarán los fundamentos de la presentación antes de tomar una decisión al respecto.

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